Ciudadanos con derecho a objetar. Viani
Como es de todos conocido, el Gobierno de España ha impuesto una asignatura obligatoria que, bajo la rúbrica “Educación para la Ciudadanía”, encierra contenidos tales como, “expresar los sentimientos y las emociones”, rechazar “discriminaciones existentes por razón de orientación afectivo-sexual”, “reconocer los derechos de las mujeres”, etc.
Sin ninguna duda se trata de cuestiones que afectan íntimamente al individuo; al individuo en su etapa de aprendizaje y de formación de la propia conciencia. El desarrollo que de estos enunciados se haga, es más que sospechoso en una sociedad secularizada y relativista, que procura librarse del camino que Dios nos ilumina para nuestro bien, para abrazarse a una “libertad absoluta”; a una libertad que no tiene ataduras; a la libertad del que pierde su voluntad por seguir el dictado de sus impulsos y acaba siendo esclavo de éstos; a la “libertad mortal” del que pisa el acelerador de su vida sin respetar el límite de la sobredosis…
Los cristianos somos ciudadanos del mundo y del Reino de Dios. Respecto del ámbito religioso, la Iglesia, que es Madre, nos indica quién puede inmiscuirse en nuestro yo más profundo, en la propia conciencia; “el hombre tiene una ley escrita por Dios en su corazón, en cuya obediencia consiste la dignidad humana y por la cual será juzgado personalmente. La conciencia es el núcleo más secreto y el sagrario del hombre, en el que éste se siente a solas con Dios, cuya voz resuena en el recinto más íntimo de aquélla. (Constitución Apostólica “Gaudium et Spes, num. 17)”. Es decir, que dicho mal y pronto, “máxima libertad y máxima responsabilidad”.
En la sociedad civil, ¿qué respuesta se da a este interrogante?; ¿quién está legitimado para erigirse en referente ético–moral? Desde luego la asignatura controvertida aspira a ello. Bajo el manto de pretendidos postulados elogiables (libertad, igualdad, fraternidad) se esconde sin duda una verdadera revolución ideológica. Yo, como ciudadano, ¿tengo algún mecanismo de defensa? Sin duda sí. Ciertamente, las Leyes se dictan para ser cumplidas. Sin embargo cuando una Ley impone un deber contrario a la conciencia del individuo se le permite a este, ampararse en la llamada objeción de conciencia. El Derecho español la reconoce y la explica indicando que “forma parte del contenido del derecho fundamental a la libertad ideológica y religiosa reconocido en el artículo 16 de la Constitución Española y, como este Tribunal ha indicado en diversas ocasiones, la Constitución es directamente aplicable, especialmente en materia de derechos fundamentales (Sentencia del Tribunal Constitucional num. 53/1985, de 11 de abril). Este derecho se ejerce mediante la remisión al centro educativo, de una carta informativa del ejercicio del derecho a la objeción de conciencia para cursar “Educación para la Ciudadanía”.
El ciudadano tiene derechos que son ejercitables y los cristianos somos ciudadanos así que ánimo, adelante, rememos mar adentro. Ejerzamos nuestros derechos.
¿Por qué hay que recristianizar España? Porque nos han metido muchos goles. Señores adelante, no tengamos miedo, gritemos BASTA YA. Sin duda, son estos tiempos, tiempos de valientes, de héroes. Ante las dificultades y las contrariedades, ante la fuerte corriente que empuja y hace tambalear nuestros asideros, tenemos siempre una roca fuerte, segura, firme, que nos dice “no tengáis miedo”. Y si nos miran mal, nos ponen zancadillas y nos señalan, la respuesta la tenemos siempre en Él “Bienaventurados seréis cuando por causa mía os insulten y digan toda clase de calumnias, alégrate y regocíjate porque tu recompensa será grande en el Cielo” (S.Mt. 5, 3-11)
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